Otra visión del mundo

Ningún empleador, colegio o prestador de servicios debe obligar su utilización, advierte la Comisión de Derechos de la Persona. “El usuario siempre debe consentir la transmisión de datos”


Redacción Crónica Norte
MONTREAL, 13 agosto 2020.— La Comisión de Derechos de la Persona afirma que la utilización de una aplicación electrónica que recolecte y transmita información sobre el covid-19 constituye una forma de vigilancia que entraña necesariamente una violación al derecho a la protección de la vida privada. No obstante, esta violación podría estar conforme a las disposiciones de la carta, si el usuario da su consentimiento, señaló este organismo en un comunicado.

En voz de su presidente, Philippe-André Tessier, la Comisión indicó que comprende la necesidad del gobierno de utilizar todas las herramientas para luchar contra el covid-19 y, en este sentido, esta institución encargada de velar por los derechos de las personas, hace algunas recomendaciones para que cualquier aplicación escogida por las autoridades respete la libertad de los usuarios.

Así, la Comisión recomienda prohibir a terceros la utilización de la aplicación y poner en marcha mecanismos de control para asegurarse que esta prohibición sea respetada. “Ningún empleador, establecimiento escolar o prestador de servicios debe obligar a una persona a utilizar la aplicación”, indicó Tessier.

El defensor Philippe-André Tessier insistió que el consentimiento de la colecta y transmisión de datos sobre el covid-19 debe ser libre y claro.

De esta forma, la Comisión de Derechos de la Persona participó en la consulta ciudadana sobre la utilización de una aplicación para combatir la pandemia realizada por el gobierno de Quebec.

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