Otra visión del mundo

Toda protesta ciudadana es un delito aunque sea pacífica, al no estar reconocida en la Constitución, según el fallo de la Corte Suprema. “ La sentencia viola los estándares internacionales de protección del derecho a la protesta”, denuncian


Redacción Crónica Norte
MONTREAL, 20 mayo 2023.— En un polémico fallo el Tribunal Supremo de Perú determinó que  la manifestación ciudadana es un delito aunque sea pacífica, al no estar reconocida en la Constitución, justo cuando el país vive momentos de gran tensión social. Las únicas protestas legítimas son la huelga de hambre y la huelga laboral, informan medios de ese país.

Las voces en contra no se hicieron esperar. La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos de Perú denunció que la sentencia “viola los estándares internacionales de protección del derecho a la protesta y recordó que la protesta social es un elemento esencial para la existencia y consolidación de sociedades democráticas”.

 El veredicto responde a un proceso penal contra unos campesinos que fueron detenidos en el 2016 por manifestarse contra un proyecto minero. Este caso dio pie a que el Tribunal declare que bloquear carreteras o vías en las protestas será un agravante del delito.

“Si los ciudadanos estiman que no son suficientes sus reclamos, o que, en todo caso, no existe recepción de parte de las autoridades, o que los espacios de diálogo son ineficaces o inexistentes, están autorizados a acrecentar la vehemencia de dichos reclamos, siempre que ello repercuta en la esfera personal de derechos del protestante (huelga laboral o huelga de hambre) y no transgreda derechos fundamentales de terceros ajenos al conflicto social”, reza la sentencia.

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